Reclamos de Alimentos y Tenencia que Tramitamos en Villa
Cuota Alimentaria
Si el otro progenitor no aporta lo que corresponde, iniciamos el reclamo judicial o extrajudicial para que sus hijos reciban la cuota que necesitan. Le explicamos cuánto puede pedir según su situación y los ingresos de la otra parte.
Cuidado Personal y Tenencia
Cuando hay que definir con quién conviven los hijos, lo asesoramos para llegar a un acuerdo o, si no es posible, presentar el pedido ante el juez. Siempre con el foco en lo mejor para los chicos.
Régimen de Comunicación y Actualización de Cuota
Si necesita organizar las visitas con el otro progenitor o actualizar una cuota que quedó desactualizada por la inflación, lo acompañamos en el trámite de forma clara y sin demoras.
Por Qué Elegirnos para Su Reclamo de Alimentos y Tenencia en Villa María
En Tell Aghemo no trabaja un solo abogado que atiende cientos de casos a la vez. Somos 6 profesionales y su reclamo de alimentos o tenencia lo lleva quien realmente se especializa en derecho de familia. Eso significa que siempre hay un responsable con nombre y apellido a quien llamar si necesita saber en qué estado está su expediente.
Le decimos la verdad desde el primer día: cuánto puede reclamar, cuánto tarda el trámite y qué documentación necesita para arrancar. No usamos términos difíciles ni prometemos resultados que no podemos garantizar. Conocemos cómo funcionan los juzgados de familia de Villa María y Córdoba capital porque litigamos en las dos ciudades desde 2004, y eso nos permite gestionar su caso con agilidad.


Preguntas Frecuentes sobre Alimentos y Tenencia en Villa María
Respondemos las dudas más comunes sobre cuota alimentaria, tenencia y formas de trabajo en el estudio.
No hay un porcentaje fijo por ley. La cuota se calcula según las necesidades de los hijos (alimentación, educación, salud, vestimenta, esparcimiento) y los ingresos del progenitor que debe pagarla. En la primera consulta evaluamos su caso y le damos una estimación realista.
Sí. La obligación alimentaria existe siempre que haya hijos en común, sin importar si hubo matrimonio o unión convivencial. Lo que importa es el vínculo con los hijos, no el estado civil de los padres.
Podemos ejecutar judicialmente la deuda de alimentos: el juez puede ordenar el embargo de sueldo, la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos e incluso habilitar una denuncia penal por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.
Lo ideal es que los padres lleguen a un acuerdo sobre el cuidado de los hijos. Si no es posible, el juez decide en función del interés superior del niño, evaluando la situación de cada progenitor. Nosotros lo asesoramos para encontrar la mejor solución.
No es obligatorio. Podemos hablar por teléfono o videollamada para la primera charla. Para revisar documentación y firmar escritos, preferimos recibirlo en nuestra oficina de calle La Rioja 1315.
